Información de procedimientos y Servicios
Indicamos que nuestro Club no tiene obligación de implementar un sistema interno de información ya que tenemos contratados menos de cincuenta trabajadores.
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Referencia legal: Ley 2/2023, de 20/feb: https://www.boe.es/eli/es/l/2023/02/20/2/con
- Descargar PDF Ley 02-2023 (20 feb) BOE-A-2023-4513-consolidado
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CAPÍTULO II Sistema interno de información en el sector privado
Artículo 10. Entidades obligadas del sector privado.
1. Estarán obligadas a disponer un Sistema interno de información en los términos previstos en esta ley:
a) Las personas físicas o jurídicas del sector privado que tengan contratados cincuenta o más trabajadores.